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La carga probatoria de la corrección del sueldo es del empleador
La Sala IX de la Cámara Nacional del Trabajo, manifestó que demostrar el nivel salarial alcanzado por los empleados con idéntica jerarquía laboral a la que tenía el trabajador demandante era más fácil para la empleadora, dado que ésta última podía acceder de modo más sencillo a la información necesaria.
Finalmente, el tribunal de grado sentenció que correspondía “declarar la inconstitucionalidad del tope previsto en la nor-ma aludida, puesto que la suma que debe estimarse conforme los parámetros referidos, excede en mucho el importe establecido como tope por el Ministerio de Trabajo al momento del distracto”.
La sentencia se encuentra a disposición del visitante
