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Oportunidad de la intimación del artículo 132 bis de la LCT
La Cámara Nacional del Trabajo, Sala tercera, sostuvo en los autos 11.199/2008"LARRAMA, LUCÍA C/GORMANDISE S.A. S/DESPIDO" (sentencia nro. 91375 - JUZGADO Nº 43), que es “irrelevante” que un empleado despedido pida los aportes y contribuciones mientras esté vigente el contrato de trabajo o una vez finalizado el mismo. “El decreto reglamentario [146/01] no exige que el requerimiento se concrete en un momento específico”.
Sentencia: Sancion_art_132_bis_oportunidad.doc
